Pago de colegiatura – Monto

Una vez que la persona profesional en Orientación  se incorpora al CPO, asume la responsabilidad de cancelar mensualmente la cuota establecida por la Asamblea del Colegio. Esta cuota corresponde al 8% del salario base de un oficinista judicial; este salario se establece mediante decreto ejecutivo en enero de cada año. Generalmente  en marzo de cada año se informa  del aumento de la cuota.

Un 20% de la cuota mensual,  se destina al Fondo de Mutualidad del CPO.

Esta cuota puede ser cancelada  de diferentes maneras:

  1. Rebajo automático de la planilla (MEP, Ministerio de Justicia, INA, UCR, UNED, JPEMA)

2. Rebajo automático por  tarjeta de crédito o débito

3. Depósito o transferencia a las cuentas bancarias del Colegio:

           Banco Nacional de Costa Rica: 100-01-080-006178-7, cuenta cliente No. 15108010010061782

           Banco de Costa Rica:  01-0289498-0, cuenta cliente No. 15201001028949808

Cédula Jurídica del CPO es 3-007-628158 .

4. Pago en efectivo o con tarjeta de crédito o débito en las instalaciones del Colegio.

5. Pago mediante Sinpe al 8950 4414

Es responsabilidad de la persona colegiada estar al tanto de sus compromisos económicos con el Colegio. Para la realización de cualquier trámite es  es requisito estar al día en los pagos.

Aproximadamente cada tres meses el CPO envía a cada persona colegiada a la dirección de correo electrónica registrada, un estado de cuenta.  El mismo también puede ser solicitado en cualquier momento o consultado directamente por la persona colegiada en la Plataforma Mi CPO: https://mi.cpocr.org/

Personas colegiadas